Ley N° 7987
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE EMPLEADOS Y OBREROS DE SERVICIOS PUBLICOS. BENEFICIOS JUBILATORIOS. AMPLIACION
Promulgación: 06/09/1926
Publicación: 15/09/1926
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1926
- Página: 530
Artículo 2
Refuérzase el fondo de la Caja con la suma de $ 25.000 que se tomarán de las utilidades del Banco de Seguros del Estado.
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