CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE SERVICIOS PUBLICOS. BENEFICIOS JUBILATORIOS. AMPLIACION




Promulgación: 20/12/1926
Publicación: 28/12/1926
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1926
  •    Página: 787

Artículo 18

   Quedan comprendidos en los beneficios de la ley de 6 de Octubre de 1919 los empleados u obreros de la Usina Eléctrica de Florida que quedaron cesantes al terminar la explotación particular de dicho servicio público.
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