CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES. PRESUPUESTO




Promulgación: 21/06/1928
Publicación: 28/06/1928
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1928
  •    Página: 336

Artículo 4

   La Sección Jurídica de la Caja tendrá a su cargo el cometido de gestionar ante las distintas autoridades y ante la propia Caja la tramitación de los pedidos de jubilación, pensión, cómputos de servicios, etc.
   Esta gestión será gratuita, pudiendo la Caja adelantar a los interesados con carácter de reintegro el costo del sellado, partidas y demás documentos necesarios para las tramitaciones referidas en el inciso anterior.
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