DEUDA PUBLICA. AMPLIACION




Promulgación: 19/10/1928
Publicación: 25/10/1928
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1928
  •    Página: 729

Artículo 4

   El Jurado que determinará sobre la bondad de los planos presentados al concurso estará constituído por un delegado de la Asistencia Pública Nacional, uno por el Consejo Nacional de Higiene, uno por el Instituto Profiláctico de la Sífilis, uno por la Facultad de Arquitectura, uno por la Sociedad de Arquitectos, uno por el Ministerio de Obras Públicas y uno por los proyectistas.
   Realizado el concurso, corresponderá a la Dirección de Arquitectura al intervención superior preceptuada por las leyes y reglamentos para todo lo relacionado con la aprobación y administración de la obra.
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