DEUDA PUBLICA. AMPLIACION




Promulgación: 19/10/1928
Publicación: 25/10/1928
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1928
  •    Página: 729

Artículo 6

   Determínase, igualmente, que en la Casa de Salud a que se refiere esta ley deberá formarse un pequeño parque o jardines para esparcimiento de las asiladas y que éstas gozarán del máximum de libertad compatible con el interés que tiene el Estado en su eficaz tratamiento.
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