LEY DE VIALIDAD E HIDROGRAFIA




Promulgación: 19/10/1928
Publicación: 24/10/1928
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1928
  •    Página: 731
Ver: Ley Nº 9.189 de 04/01/1934 artículo 49,
      Ley Nº 8.776 de 20/10/1931 artículo 5 (suspende por el período 
1931-1932 la aplicación de los impuestos de zonas de influencia creados, 
para las propiedades comprendidas en Montevideo).
Referencias a toda la norma

Artículo 25

   El Consejo Nacional de Administración dispondrá la realización de estudios para la construcción de un puente en bajo río Negro, entre los Departamentos para Soriano y Río Negro.
   Hechos por las Oficinas Técnicas los presupuestos para la obra, serán sometidos a la aprobación legislativa. En el caso de que por obras para represas de embalse de agua se utilizará una de las zonas del río donde se decreta, por este plan de obras públicas, la construcción de un puente, las cantidades afectadas con ese fin quedarán destinadas a la construcción del puente sobre el bajo río Negro, completándose con fondos de vialidad y con nuevos recursos si la magnitud de la obra lo exigiera.
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