El Estado emitirá para la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados y Obreros de Servicios Públicos una deuda interna que se denominará "Bonos de
previsión social", por un valor de $ 1.500.000.00 con el fin de indemnizar
los perjuicios financieros (artículos 2.° y 3.°) que le provocan las soluciones de esta ley.
Esta deuda será entregada a dicha institución a tipo par, redituará el 4 % anual y se cancelará en el plazo de cincuenta años.
El servicio de amortización e intereses se atenderá por Rentas Generales.