PODER EJECUTIVO. CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION. AUTORIZACION




Promulgación: 20/08/1931
Publicación: 29/08/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 425

Artículo 5

   Podrá asimismo el Consejo Nacional de Administración dejar sin efecto las prohibiciones a que se refiere el artículo 1.° de esta ley con respecto a las mercaderías acerca de las cuales se compruebe que son introducidas clandestinamente al país, en cuyo caso queda igualmente facultado para imponer un adicional aduanero o interno hasta del 25 % sobre los derechos que estén en vigencia.
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