USINAS ELECTRICAS DEL ESTADO. AUTORIZACION. TELEFONOS. MONOPOLIO




Promulgación: 15/10/1931
Publicación: 16/11/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 582

Artículo 1

   El Directorio de las Usinas Eléctricas del Estado queda autorizado 
para tomar a su cargo la construcción y explotación de la nueva red telefónica a instalarse en la República y ejercerá el monopolio de las comunicaciones telefónicas por cable, en todo el país.


FABINI - JAVIER MENDIVIL - EDMUNDO CASTILLO - MANUEL V. RODRIGUEZ
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