USINAS ELECTRICAS DEL ESTADO. AUTORIZACION. TELEFONOS. MONOPOLIO




Promulgación: 15/10/1931
Publicación: 16/11/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 582

Artículo 5

   El Consejo Nacional de Administración y el Directorio del Correo harán entrega de inmediato al Directorio de las Usinas Eléctricas del Estado de todos los antecedentes relativos a lo actuado hasta la fecha sobre
instalación de la nueva red telefónica, para que resuelva en definitiva lo 
que mejor convenga a los intereses públicos.
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