PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. PUERTOS. AMPLIACION




Promulgación: 23/10/1931
Publicación: 04/11/1931
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1931
  •    Página: 667

Artículo 3

   La ejecución de las obras se regirá por las disposiciones de la ley de 19 de Octubre de 1928, en cuanto sea pertinente.
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