El personal obrero, de acuerdo con lo que disponga el Consejo Nacional de Administración, podrá ser contratado por medias jornadas, o por semanas, o por quincenas alternadas, de jornada entera.
Las medias jornadas de cuatro horas, darán derecho a un salario de $ 1.50.
Las jornadas enteras darán derecho a un salario de $ 2.50.