DEUDA PUBLICA. FUSION




Promulgación: 11/03/1932
Publicación: 16/04/1932
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1932
  •    Página: 146
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   El Consejo Nacional de Administración podrá tomar en préstamo y en carácter de reintegro de la Deuda de Obras Públicas de 1932, hasta la cantidad de cuatro millones de pesos, para atender a la liquidación parcial del déficit del ejercicio 1930-31.
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