La Caja de Amortización aplicará los fondos que obtenga por la emisión de las obligaciones y demás recursos a que se refiere el artículo 11, en las inversiones que considere convenientes. Las inversiones que haga la Caja deberán ser de primer orden y suficientemente garantidas de manera que aseguren la exacta devolución del capital y el pago puntual de los intereses de los créditos o préstamos respectivos. Para adoptar estas resoluciones, será necesario la conformidad de las dos terceras partes del total de los miembros del Consejo.