LEY DE ELECCIONES. MODIFICACION




Promulgación: 13/06/1933
Publicación: 04/07/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 567

Artículo 6

   Para costear los gastos de la elección el Poder Ejecutivo entregará de Rentas Generales a la Corte Electoral, la misma cantidad de dinero de la que se dispuso para los comicios realizados en el mes de Noviembre de 1931.
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