SEGURIDAD SOCIAL. PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION EMISION DE "BONOS DE PREVISION SOCIAL 1933".




Promulgación: 04/08/1933
Publicación: 14/08/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 702
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir, con la garantía subsidiaria del  
Estado, "Bonos de Previsión Social 1933" hasta por doce millones de pesos  
(pesos 12.000.000.00) para los siguientes fines:

A) Pago de pasividades atrasadas correspondientes a los expedientes de  
   jubilación y pensión de la Caja de Servicios Públicos, que se liquiden  
   desde la promulgación de esta ley hasta el 31 de Diciembre de 1935.
B) Pago de los reintegros adeudados a la Caja de Servicios Públicos por los  
   jubilados y pensionistas.
C) Pago de las cuentas adeudadas a la Caja de Servicios Públicos por las  
   empresas afiliadas, anteriores al 1° de Abril de 1933.
D) Indemnización de los quebrantos que le originen a la Caja de Servicios  
   Públicos, los beneficios que se conceden por esta ley a las empresas  
   deudoras, para facilitar la liquidación de los atrasos anteriores al 1°  
   de Abril de 1933.
Referencias al artículo

TERRA - P. MANINI RIOS
Ayuda