DOCENTES. CARGOS




Promulgación: 15/08/1933
Publicación: 24/08/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 757

Artículo 3

   Los maestros de Enseñanza Primaria que, al promulgarse la presente ley, tengan dos o más años de ejercicio en un mismo cargo escolar, con buena nota de calificación, tendrán derecho a la efectividad en él u otro de igual categoría, siempre que así lo decida el Consejo de Enseñanza Primaria y Normal, por mayoría de votos.
Ayuda