FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA. PATENTES DE PERROS. INSTRUCCION PRIMARIA




Promulgación: 04/01/1934
Publicación: 17/01/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 18
Ver: Decreto Ley Nº 10.135 de 17/04/1942 artículo 3.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   La Contribución Inmobiliaria recaerá sobre el valor oficial de las tierras y de las construcciones de todo género, que en ellas existan para las propiedades del Departamento de Montevideo y de las zonas urbanas y suburbanas del litoral e interior, con deducción de un 20 %.
   Las propiedades de las zonas rurales de los Departamentos del litoral e interior pagaran el impuesto sobre el valor de la tierra, exclusivamente, con la misma deducción de 20 %.
Referencias al artículo
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