PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 02/03/1934
Publicación: 15/03/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   El Poder Ejecutivo no proveerá los cargos vacantes o que vaquen, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, debiendo obtener durante el año, por este concepto, una economía no menor de trescientos mil pesos.
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