JUBILACIONES Y PENSIONES. FUNCIONARIOS MILITARES. RETIROS. CARGOS




Promulgación: 15/03/1934
Publicación: 22/03/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 601

Artículo 2

   El sueldo de retiro establecido por el artículo anterior queda sujeto, como todas las pasividades, a lo prescripto por las leyes número 8748 de 20 de Agosto de 1931 y número 8778 de 20 de Octubre del mismo año, y demás disposiciones legales y administrativas en vigencia.
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