Las planillas del Presupuesto General de Gastos que se presenten al Parlamento para su sanción deberán contener, en todos los casos, junto a la denominación de cada cargo que incluyan, la categoría y grado que le corresponda de acuerdo con el artículo 91, y su asignación calculada, a los efectos del cómputo presupuestal, con el sueldo final del grado. (*)