PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA




Promulgación: 13/05/1935
Publicación: 16/05/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 338
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   A los efectos de la fijación de1 aforo para el pago de la contribución inmobiliaria correspondiente al ejercicio 1935 además de ese veinte por ciento (20 %) que se ha cobrado en el ejercicio 1933, se deducirá del aforo, un nuevo veinte por ciento (20 %) en todos los Departamentos de la República con excepción de Montevideo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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