PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 11/06/1935
Publicación: 13/06/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 397
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Están comprendidas en esta autorización las siguientes obras:

	I - Vialidad:		
  
A) Obras contratadas                             $	767.195.90
B) Obras licitadas                               "   400.000.--
C) Obras iniciadas (terminación a licitar 
   hasta $ 120.000.00 en las obras del puente
   Picada de Corbo sobre el río Cebollatí) y 
   a invertir en el año 1935                     "    50.000.--
D) Obras por Administración                      "   168.000.--
E) Estudios                                      "    30.000. -
                                                 $ 1.415.195.90

     II - Hidrografía:

A) Obras contratadas                             $   292.852.75	
B) Obras licitadas                               "     6.500 --	
C) Obras por Administración                      "    29.523.54
D) Estudios                                      "    10.000 --

                                                 $   338.876.29
    
     III - Saneamiento:

Saneamiento                                      $ 1.203.314.23
Fletes para material de fundación                "    10.000.--
Estudios                                         "     3.000.--
                                                 $ 1.216.314.23

     IV - Ferrocarriles:

A) Para terminar la línea férrea Treinta
   y Tres - Río Branco                           $ 1.602.000.--
B) Material rodante 	                         "   500.000.--
C) Trocha angosta Sauce-Ombúes de Lavalle        "    50.000.--
D) Vías de acceso al ferrocarril Treinta
   y Tres-Río Branco                             "    30.000.--
                                                 $ 2.182.000.--

     V - Topografía:

Expropiaciones y gastos de las sumas no
  previstas en el plan de Vialidad de 
  Hidrografía                               	 $	 30.000.--
Expropiaciones pendientes Zona Franca 
  Nueva Palmira y Colonia (ley 9058 - 
  Julio 7 de 1933)                            "    80.000.--
                                              $   110.000.--

 
     VI - Arquitectura:

Para los servicios que demande la 
  construcción de edificios destinados a 
  Oficinas Públicas, de acuerdo con lo 
  preceptuado en el artículo 7° de la ley 
  número 9461, Enero 31 de 1935 durante el 
  período de construcción y hasta su 
  habilitación definitiva 		                $  120.000.--

     VII - Imprevistos:	

De las obras de construcción, obras 
  imprevistas y obras con contribución 
  municipal o vecinal 		                     $  250.000.--
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