PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 11/06/1935
Publicación: 13/06/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 397
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Para efectuar imputaciones a la partida de pesos 250.000.00 por concepto de obras imprevistas y obras con contribución municipal o vecinal, será necesaria la autorización del Consejo de Ministros.
Ayuda