Cumpliendo ese servicio, la Caja realizará el rescate de Bonos de aquellos afiliados que cancelen o amorticen sus deudas de reintegros con una suma de Bonos igual a la que se les reduce; dichos pagos de reintegros se exceptúan de las bonificaciones establecidas en el artículo 13 de la ley de 4 de Agosto de 1933.