PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. SEMILLAS




Promulgación: 23/11/1935
Publicación: 30/11/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 915
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer hasta la suma de cincuenta mil
pesos ($ 50.000.00) con cargo al rubro creado por la aplicación del artículo
14 de la ley de Presupuesto vigente, para adquirir las semillas que sean
necesarias, a fin de facilitarlas, con carácter de devolución, a los
agricultores cuyos sembrados hayan sido destruídos por la acción de la
langosta.


TERRA - CESAR G. GUTIERREZ - CESAR CHARLONE
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