Declárase de utilidad pública la expropiación de los inmuebles comprendidos dentro de la curva del nivel "más 86" establecida en los planos de las obras de aprovechamiento hidroeléctrico del río Negro (ley de 15 de Febrero de 1934). (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
TERRA - MARTIN R. ECHEGOYEN - EDUARDO VICTOR HAEDO - CESAR CHARLONE