DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 18/11/1937
Publicación: 26/11/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 814
Referencias a toda la norma

Procedimientos judiciales

Artículo 19

   Presentada la tasación pericial, las partes alegarán el bien probado, por su orden, sin necesidad de mandamiento expreso, por el término de diez días perentorios, quedando con ello concluso el juicio.
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