DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 18/11/1937
Publicación: 26/11/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 814
Referencias a toda la norma

Procedimientos judiciales

Artículo 22

   Los honorarios de los peritos a que se refiere el artículo 18, serán de 
cargo de la U. T. E. o de los particulares, según lo previsto en el artículo 39 de la ley de 28 de Marzo de 1912.
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