COMISION TECNICA Y FINANCIERA DE LAS OBRAS HIDROELECTRICAS DEL RIO NEGRO. CREACION




Promulgación: 28/09/1938
Publicación: 06/10/1938
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1938
  •    Página: 747
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Los sueldos del personal, gastos de funcionamiento y toda otra erogación que ocasionen los servicios que por esta ley se establecen, deberán ajustarse al saldo de la partida de setecientos cincuenta y cuatro mil pesos ($ 754.000.00) asignados para la dirección de las obras.
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