COMISION TECNICA Y FINANCIERA DE LAS OBRAS HIDROELECTRICAS DEL RIO NEGRO. CREACION




Promulgación: 28/09/1938
Publicación: 06/10/1938
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1938
  •    Página: 747
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Terminadas las obras hidroeléctricas del río Negro, la Comisión efectuará su entrega a la Administración General de las Usinas Eléctricas y Teléfonos del Estado, previa autorización del Poder Ejecutivo por los Ministerios de Obras Públicas y de Hacienda.
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