Dése carácter definitivo a la imputación provisoria por $ 843.859.71
tomados con carácter de reintegro de la partida de $ 6.000.000.00 autorizada por el artículo 2.º de la ley de 31 de Diciembre de 1936 para atender obligaciones de la construcción del Ferrocarril Sarandí del Yí al Norte del río Negro.