PODER EJECUTIVO. PRIMERAS LINEAS URUGUAYAS DE NAVEGACION AEREA (PLUNA). AUTORIZACION




Promulgación: 19/05/1939
Publicación: 30/05/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 402

Artículo 1

   Facúltase al Poder Ejecutivo para traspasar a la Sociedad Anónima 
"P.L.U.N.A." constituida para explotar los servicios de transporte aéreo actualmente cumplidos por las "Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea" (P.L-U.N.A.) Sociedad Colectiva, la subvención acordada a esta empresa por el artículo 1.º de la ley Número 9714, de fecha Octubre 20 de 1937.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   A los efectos de obtener el traspaso a que alude el artículo anterior, la nueva empresa quedará sujeta a las prescripciones fijadas por la ley número 9714 (20/X/937).

Artículo 3

   Para la estricta aplicación de la subvención acordada al servicio aéreo 
en territorio nacional y teniendo en cuenta el régimen creado por el 
artículo 8.º, de la ley número 9714, la Sociedad Anónima "P.L.U.N.A." deberá deslindar en su contabilidad la parte que correspondiere a sus actividades desenvueltas en territorio uruguayo.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

BALDOMIR - ALFREDO R. CAMPOS - CESAR CHARLONE
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