Para el transporte de correspondencia a que se refiere el inciso C) del artículo 2º, se cobrará una sobretasa cuyo producido será íntegramente destinado a reforzar el rubro "Subsidios y Contribuciones" del ítem 3.02, gastos clase C, grupo 6.00, partida 6.04, correspondiente a la Dirección de Aeronáutica Civil.