VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 15/09/1939
Publicación: 20/09/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 772
Referencias a toda la norma

Artículo 10

  Amplíase la Deuda Obras Públicas 1936 en la suma de $ 3.500.000.00 para el pago de obligaciones pendientes por los siguientes conceptos:
      
A) Cancelación del déficit correspondiente al plan de Obras Públicas,  
   autorizado por la ley número 9641 de 31 de Diciembre de 1936 y leyes 
   complementarias.
B) Saldo del crédito del Banco de la República, al Fondo de Obras 
   Públicas, autorizado por ley número 9146 de fecha 30 de Noviembre de 
   1933.
C) Saldo correspondiente a Construcciones Militares.
D) Los pagos de las obligaciones se harán con intervención directa del 
   Ministerio de Obras Públicas y deberán liquidarse en cuenta especial.
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