VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 15/09/1939
Publicación: 20/09/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 772
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Las utilidades que produzcan en el año 1939 la compraventa de monedas extranjeras por efecto de lo dispuesto en el decreto de 31 de diciembre de 1938, se destinarán en la siguiente forma:
 
A) Para vialidad ...................................... $ 1.405.000
B) Para saneamiento y aguas corrientes ................ "   510.000
C) Para equipos y repuestos del Instituto Geológico del 
   Uruguay ............................................ "    50.000
D) Para Hidrografía ................................... "   250.000
E) Para construcciones, reparaciones y 
   ampliaciones de edificios públicos ................. "   891.380
F) Para ampliaciones y reparaciones de la 
   red telegráfica nacional y de la 
   red telefónico policial............................. "   100.000
G) Para Salud Pública.................................. "   733.620
H) Para la terminación del edificio
   central de la Aduana de Montevideo y 
   para construcción de puestos de 
   vigilancia aduanera................................. "    90.000
I) Para contribución, en efectivo, del
   25% destinado a la construcción de 
   viviendas económicas ............................... "   750.000
J) Para abonar obligaciones derivadas de arbitrajes ... "   120.000
K) Para pago de expropiaciones ........................ "   100.000
     
                 Total general........................  $ 5.000.000(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 5.

Artículo 2

   Las cantidades fijadas en el artículo anterior se distribuirán en
la siguiente forma:

                             A) Vialidad
      
1.º  Carretera San Carlos-Rocha (incluyendo
     el puente en el arroyo Rocha)............................$   400.000
2.º  Paysandú. Puente en el arroyo Rabón
    (camino de Young a Paysandú).............................."    55.000
3.º  Carretera San José-Trinidad (accesos a puentes).........."    35.000
4.º  Carretera a San José-Casarena (continuación)............."    25.000
5.º  Paysandú. (Continuación camino paso de Araújo)..........."    10.000
6.º  Artigas. (Arreglos camino Colonia
     La Palma a Tomás Gomensoro y 
     acceso puente arroyo Pelado)............................."    15.000
7.º  Durazno. (Continuación carretera Villasboas a Molles)...."    30.000
8.º  Durazno.(Continuación camino Las Tunas-Carmen ..........."    30.000
9.º  Durazno. (Arreglo camino Ombúes
     Oribe a Sarandí de Cuadra)..............................."    10.000
10   Colonia. Camino Carmelo-Palmira (refuerzo de rubro)......"    10.000
11   Colonia. Camino Palmira-Dolores (refuerzo para
     expropiaciones y alambrados)............................."    10.000
12   Colonia. Camino Palmira-Cardona (continuación)           "    50.000
13   Soriano. Carretera de puente del Sauce a kilómetro 36-800
     (para comenzar los trabajos)............................ "    50.000
14   Soriano. Carretera de Mercedes a
     Vera (para recargo general de la existente)............. "    40.000
15   Rivera. Camino Masoller-Bajada de Pena - Tranqueras 
     (arreglos).............................................. "    30.000
16   Rivera. Puente sumergible en "La Calera"................ "    40.000
17   Lavalleja. Puente en "Marmarajá"........................ "    80.000
18   Canelones. Carretera Sauce - Pantanoso (prolongación)...."    15.000
19   Treinta y Tres. Puente en el paso de 
     Sánchez del arroyo Yerbalito ............................"    15.000
20   Flores. Camino Picada de Varela-Trinidad (continuación).."    15.000
21   Flores. Camino Trinidad - Arroyo Grande 
     (firme sobre obras de arte).............................."    10.000
22   Cerro Largo. Carretera bañado 
     Aceguá-Marco-Aceguá (complemento de obra)................"    15.000
23   Cerro Largo. Camino Melo-Río Branco (arreglos)..........."    10.000
24   Florida. Cerro Colorado-Illescas-Nico 
     Pérez (obras de arte)...................................."    20.000
      
                  Total para "Obras de Vialidad ............. $ 1.020.000

 A) Estudios de Vialidad, según la distribución siguiente
1.º Para estudios de caminos de la red troncal................$    90.000
2.º Para estudios de caminos secundarios......................"    10.000
      
Total para "Estudios de Vialidad".............................$   100.000

  Dichas sumas se destinarán con preferencia para el estudio de las 
siguientes vías:

  1.º Camino del paso del puerto a Paysandú.
  2.º Camino de Paysandú a Salto y Artigas.
  3.º Camino de Treinta y Tres al puente de Otazo.
  4.º Camino de Paso de los Toros a Tacuarembó y Rivera.
  5.º Camino de Carmelo a Palmira por Camacho.
  6.º Camino de Cufré a la carretera nacional.
  7.º Camino de Salto a Tacuarembó (en Departamento de Salto).
  8.º Camino de Paso del Borracho al puente de Carpintería.
  9.º Camino de Rivera a Vichadero.
 10.  Camino de Mercedes a Vera y paso de Lugo.
 11.  Camino de Canelones - San Antonio - Santa Rosa - San Jacinto - 
      playas del Este.
 12.  Camino de Ombúes de Lavalle a paso de Antolín.
 13.  Puente del paso del Sauce del Batoví en Tacuarembó.
 14.  Camino Boca de Rosario a carretera nacional.


b) Obras con contribución municipal o 
   vecinal (a realizarse de acuerdo con 
   el artículo 2º.......................................... $   250.000
C) Para viáticos en general ............................... "    10.000
d) Para obras indispensables a juicio del 
   Ministerio de Obras Públicas............................ "    25.000
      
     Total destinado a "Obras de Vialidad" ................ $ 1.405.000

                  B) Saneamiento y aguas corrientes
        
1.º Maldonado ............................................. $   56.000
2.º La Cruz (Florida) ..................................... "   15.000
3.º Pirarajá (Lavalleja)................................... "   15.000
4.º Mariscala (Lavalleja).................................. "   15.000
5.º Vergara (Treinta y Tres)............................... "   15.000
6.º Cerro Chato ........................................... "   15.000
7.º Zapicán (Lavalleja).................................... "   15.000
8.º Costa Azul (Canelones)................................. "    6.000
9.º José Pedro Varela (Lavalleja).......................... "   15.000
10  Treinta y Tres (ampliación de la
    estación de depuración)................................ "   20.000
11  Dolores (complemento de las obras de
    abastecimiento de aguas potables)...................... "   75.000
12  Paysandú (electrificación de la Usina)................. "   35.000
13  Durazno (electrificación de la Usina).................. "   25.000
14  Isla Mala (Florida).................................... "   15.000
15  Casupá (Florida)....................................... "   15.000
16  Fray Marcos (Florida).................................. "   15.000
17  Carmelo (ampliación de redes).......................... "    6.000
      
             Total ........................................ $  373.000

   b) Obras diversas en los Servicios de Explotación

1.º Salto. Reparación de los filtros, del
    depósito de agua filtrada, de la azotea
    de la Usina y cambio del material filtrante............ $    4.500
    Pintura de los depósitos de distribución de agua....... "    3.500
2.º Paysandú. Reparación de los filtros,
    del depósito de agua filtrada, de los
    edificios de la Usina y cambio del material filtrante.. "    4.900
    Pintura de los depósitos de distribución de agua....... "    5.500
3.º Mercedes. Reparación de los filtros, del depósito
    de distribución de agua e instalación de obras 
    sanitarias en la casa del Jefe de la Usina............. "    5.000
4.º Juan L. Lacaze. Ampliación del tanque de aguas
    corrientes, de la red de distribución y perforación ... "   11.500
5.º Young. Ampliación de la red de distribución............ "    8.000
6.º Sifones auxiliares a instalarse en diez 
    diversos servicios (cámaras de limpieza)............... "    3.400
7.º Bocas de descarga e hidrantes a 
    construirse en varios puntos terminales 
    de tuberías en funcionamiento ......................... "    1.200
   
      Total ...............................................´$   47.500

   c) Perforaciones
     
1.º Río Negro. Colonia San Javier.
2.º Río Negro. Nuevo Berlín.
3.º Canelones. Atlántida.
4.º Tacuarembó. Curtina.
5.º Tacuarembó. Paso del Borracho.
6.º Tacuarembó. Paso del Cerro y Piedra Sola, (pesos 1.500.00) para 
    cada una.
7º  Florida. Mendoza.
8º  Paysandú. Pueblo Tarugo, 9.ª Sección.
9º  Rivera. Minas de Corrales.
10  Rivera. Yaguarí, Paso de la Puente.
11  Artigas. Cerro Topador.


        Total 10 perforaciones a $ 3.000.00 c/u.            $   30.000
        2 Perforaciones a $ 1.500.00 cada una               "    3.000
                       Total .............................. $   33.000

    d) Habilitación de perforaciones ya ejecutadas

1.º Molinos y red de distribución. (1.ª categoría):

1.º Artigas. Cuaró .......................................  $    4.000
2.º Artigas. Tres Cruces .................................  "    4.000
3.º San José. Mal Abrigo .................................  "    4.000
4.º Florida. Las Chilcas .................................  "    4.000
5.º Flores. Arroyo Grande ................................. "    4.000
      Importe total ....................................... $   20.000

2.º Molinos sin red (2.ª categoría):

1.º Salto. San Antonio .................................... "    2.000
2.º Salto. Colonia Saucedo ................................ "    2.000
3.º Salto. Colonia Lavalleja .............................. "    2.000
4.º Durazno. Colonia Rossell .............................. "    2.000
5.º Artigas. Allende ...................................... "    2.000
6.º San José. Raigón ...................................... "    2.000
7.º Soriano. Palmitas ..................................... "    2.000
8.º Colonia. Pueblo Gil ................................... "    2.000
9.º Florida. Polanco del Yí ............................... "    2.000
10  Colonia. Ombúes de Lavalle ............................ "    2.000
      Importe total ....................................... $   20.000

3.º Bombas de mano:

1.º Florida. Pintado ....................................... "      300
2.º Rocha. Garzón .......................................... "      300
3.º Canelones. Piedras de Afilar ........................... "      300
4.º Rocha. La Coronilla .................................... "      300
5.º Colonia. Barker ........................................ "      300
      Importe total ........................................ $    1.500


e) Para imprevistos y pequeñas ampliaciones a juicio 
   del Ministerio de Obras Públicas ....................... "    5.000
f) Para gastos de estudios y viáticos en general .......... "   10.000
      Total destinado a saneamiento y agua corrientes...... "  510.000

C) Instituto Geológico del Uruguay Para equipos y
   repuestos del Instituto Geológico ...................... $   50.000

D) Hidrografía

      a) Para las obras siguientes:

1.º Puerto de Colonia. Regularización del acceso al muelle,
    muro de defensa longitudinal, zona de estacionamiento,
    pabellón de pasajeros, reparación del muelle de madera
    y prolongación de la escollera .........................$  104.000
2.º Punta del Este. Amarrazones, varadero y reparación de
    muelles................................................ "   30.000
3.º Puerto del Buceo. Regularización de la explanada y
    refuerzo de la escollera............................... "   50.000
4.º Canal número 1 del Departamento de Rocha. Puente, 
    pasarelas y accesorios................................. "   18.500
5.º Muelle en Nuevo Berlín (Departamento de Río Negro)..... "   10.000
6.º Dolores. Depósito en el muelle actual.................. "   20.000
7.º Locales de reparo para el personal y público en los
    pasos de "Palmar de Porrúa", "Romero" y "Ramírez"...... "    3.000
b)  Para gastos de estudios y viáticos .................... "    5.000
c)  Para imprevistos ...................................... "    9.500
      Total para hidrografía .............................. $  250.000

E) Construcción, reparación y ampliación de edificios públicos

a) Construcción, reparación y ampliación
   de Escuelas Industriales y de plazas de deportes:
 
1.º Artigas. Escuela Agrario-Industrial .....................$   21.000
    Pabellón de la plaza de deportes ........................"    5.000
2.º Rivera. Refacción de la Escuela Industrial..............."   12.000
    Escuela Agraria-Industrial de Minas de Corrales.........."   10.000
3.º Lavalleja. Escuela Industrial ..........................."   30.000
4.º Paysandú. Escuela Industrial ............................"   40.000
5.º Treinta y Tres. Escuela Industrial (Pabellón de Herrería)"    2.500
6.º Soriano. Escuela Industrial en la villa de Soriano......."    8.000
    Escuela Industrial de Mercedes..........................."   10.000
7.º Colonia. Plaza de deportes de Nueva Helvecia. 
    (Complemento)............................................"    2.500
    Plaza de deportes de Rosario ............................"    3.500
    Plaza de deportes de Juan Lacaze........................."    5.000
8.º Salto. Plaza de deportes (Complemento)..................."    2.500
9.º Treinta y Tres. Plaza de deportes ......................."    8.000
10  Montevideo. Plaza de deportes Nº 2 (Complemento)........."    5.000
11  Río Negro. Plaza de deportes en Fray Bentos (Pabellón)..."    5.000
    Plaza de Deportes en Young (Pabellón)...................."    4.000
12  Durazno. Plaza de deportes (Pabellón)...................."    5.000
13  Canelones. Plaza de deportes en Pando (Pabellón)........."    5.000
      Total..................................................$  184.000

                     b) Edificios Policiales
      
1.º Para la construcción de Edificios Policiales 
    a razón de ocho mil pesos por cada uno de los 
    Departamentos del Litoral e Interior .................... $ 144.000
2.º Para reparaciones de Edificios Policiales 
    en los Departamentos del Litoral e interior ............. "  56.000
            Total                                             $ 200.000

       c) Reparación y ampliación de Edificios Escolares

1.º Artigas:
      
Escuela de Bella Unión ................................ $    1.200
Escuela Coronado ...................................... "    3.000
Escuela Cuaró Chico ................................... "    2.000
                   
               Suma ................................... $    6.200

2.º Paysandú:

Escuela número 2 ...................................... "    4.500
Escuela número 6 ...................................... "    1.400
Escuela número 64 ..................................... "    1.500
                
               Suma ................................... $    7.400

3.º Flores:
      
Escuela número 4 ...................................... "    5.400
Escuela número 2 ...................................... "    3.200
                 
              Suma .................................... $    8.600

4.º Rivera:
      
Escuela número 11 ..................................... "    4.500
Escuela número 37 ..................................... "    2.000
Escuelas números 1 y 2 ................................ "    7.000
     
              Sumas ................................... $   13.500

5.º Salto:

Escuelas .............................................. "    5.100

6.º San José:

Escuela número 48 ..................................... $    1.200      
Escuela número 4 ...................................... "    6.000
Escuela número 55 ..................................... "    2.500
Escuela número 22 ..................................... "    2.800
     
              Suma .................................... $   12.500

7.º Tacuarembó:
      
Escuela número 12 ..................................... "    2.000
Escuelas números 31 y 53 .............................. "    2.000
Escuela número 57 ..................................... "    3.000
Escuela Paso del Cerro ................................ "    1.200
     
              Suma .................................... $    8.200

8.º Canelones:
      
Escuela número 121 .................................... "    1.500
Escuela Mosquitos ..................................... "    3.900
   
              Suma .................................... $    5.400

9.º Maldonado:
      
Escuela número 6 ...................................... "    5.400
Escuela número 47 ..................................... "    3.100
     
              Suma .................................... $    8.500

10 Rocha:
      
Escuela número 3 ...................................... "    6.000
Escuela 2º grado número 5 ............................. "    6.400
Escuela número 18 ..................................... "    3.000
     
              Suma .................................... $   15.400

11 Durazno:
      
Escuela número 23 ..................................... $    4.500
Escuela número 42 ..................................... "    4.700
Escuela número 13 ..................................... "    2.000
Escuela número 15 ..................................... "    1.500
    
              Suma .................................... $   12.700

12 Treinta y Tres:

Huerta "La Calera" .................................... "    1.800
Escuela 2º grado número 1 ............................. "    1.400
Escuela 2º grado número 2 ............................. "    2.000
Escuela Rural número 4 ................................ "    1.000
Escuela Rural número 17 Vergara ....................... "    1.300
Escuela Rural número 20 ............................... "    1.500
Escuela Rural número 32 ............................... "    1.200
Escuela Rural número 34 ............................... "    1.600
   
               Suma ................................... $   11.800

13 Colonia:
      
Escuela número 75 ..................................... $    1.700
Escuela número 34 ..................................... "    1.600
Escuelas números 2 y 3 ................................ "    2.200
Escuela número 83 ..................................... "    2.000
Escuela número 28 ..................................... "    2.700
Escuela número 41 ..................................... "    1.900
Escuela número 21 ..................................... "    1.500
Escuela número 91 ..................................... "    1.000
Escuela número 44 ..................................... "    2.000
Escuela número 77 ..................................... "    3.500
Escuela número 57 ..................................... "    1.000
Escuela número 82 ..................................... "    1.000
     
               Suma ................................... $   22.100

14 Lavalleja:
      
Escuela número 9 ...................................... "    2.300
Escuela número 63 ..................................... "    2.000
Escuela número 17 ..................................... "    2.900
Escuela número 6 ...................................... "    3.500
Escuela número 10 (Aiguá) ............................. "    1.500
    
               Suma ................................... $   12.200

15 Florida:
       
Escuelas Rurales ...................................... "    5.000

16 Cerro Largo:
      
Tupambaé .............................................. $    4.500
Guazunambí ............................................ "    5.000
2º grado número 5 ..................................... "    1.200
      
                Suma .................................. $   10.700

17 Río Negro:
      
Nuevo Berlín .......................................... "    3.000
Young número 17 ....................................... "    3.000
Paso de la Cruz ....................................... "      500
Tres Arboles número 20 ................................ "      500
Fray Bentos número 27 ................................. "    4.000
     
                 Suma ................................. $   11.000

18 Soriano:
      
Escuela número 12 ..................................... $    5.000
Escuela número 26 ..................................... "    4.500
     
                 Suma ................................. $    9.500

 
19 "Escuela Artigas" en la República del Paraguay ..... "    6.700
  
              Total ................................... $  192.500

 
20 "Liceo Maldonado". Contribución por una sola vez, 
    a efecto de integrar la suscripción iniciada por
    el vecindario y siempre que ésta llegue hasta 
    igual cantidad .................................... "  25.000
21  Sala de Auxilios de Juan L. Lacaze. Contribución
    por una sola vez, a efecto de integrar la 
    suscripción del vecindario y siempre que ésta 
    llegue hasta igual cantidad ....................... "   10.000
     
22  Sala de Auxilios de Tomás Gomensoro. Contribución
    por una sola vez, a efecto de integrar la
    contribución del vecindario y siempre que ésta 
    llegue hasta igual cantidad ....................... "    2.000
    d) El Ministerio de Obras Públicas queda autorizado para contratar       directamente estos trabajos en cada localidad o para entregar su importe a las respectivas Comisiones de Fomento Escolar, con la obligación 
por parte de éstas, de rendir cuentas.
    e) Reparación y ampliación de hospitales, liceos y demás edificios 
públicos.

1.º Montevideo:

Facultad de Medicina. (Incluyendo
   reparación de la biblioteca)........................ $   11.000
      Universidad de Mujeres. (Laboratorios)........... "   10.000

2.º Río Negro:
      
Hospital de Fray Bentos (Reparación y ampliación)...... "    7.280

3.º Colonia:

Hospital de Colonia ................................... "    4.800

4.º Flores:

Juzgado Letrado Departamental ......................... "   10.000

5.º San José:

Liceo de San José (Ampliaciones y reparaciones en el
 edificio adquirido por suscripción popular) .......... "   50.000

6.º Paysandú:
      
Hospital Galán y Rocha ................................ "    7.500      
Estación Agronómica ................................... "    7.000
Liceo (complemento) ................................... "   50.000
Pabellón para tuberculosos ............................ "   80.000

7.º Salto:
      
Oficinas Públicas ..................................... "    3.000
Estación Agronómica ................................... "    2.500
Resguardo de Constitución ............................. "    1.000

8.º Artigas:
     
Subreceptoría de Ramos ................................ "      400

9.º Rivera:
      
Sala de Auxilios de Minas de Corrales, (Ampliación y 
reparación)............................................ "    3.500
Hospital de Rivera. (Ampliación y reparación).......... "    6.500
    
                     Total ............................ $  255.880

 
f) Obras diversas, imprevistos y pequeñas reparaciones 
   a juicio del Ministerio de Obras Públicas ........... "    8.400
g) Vigilancia y viáticos para las obras antedichas que
   dependan de la Dirección de Arquitectura ............ "   15.000
     
                      Total ............................ $  891.380

     F) Red telegráfica nacional y telefónica policial 

Para la reparación y ampliación de la red telegráfica
nacional y de la red telefónica policial .............. $   100.000

                         G) Salud Pública

1.º Hospital de Clínicas. Para pago de deudas 
    pendientes con los contratistas por cuentas
    certificadas hasta el 12 de Agosto de 1939.
      Total certificado ............................... $  583.620
2.º Instituto de Radiología. Cuota inicial,
    debiendo incluirse el saldo del 
    contrato en los ejercicios subsiguientes 
    y con cargo a futuros recursos del cambio.......... "  150.000
    
                     Total ............................ $  733.620

                            H) Aduanas
     
1.º Para la terminación del edificio central 
    de Montevideo (cuota inicial)...................... $   40.000
2.º Para puestos de vigilancia aduanera en la
    frontera a construirse en los siguientes parajes:
    1º Caquero, 2º Puntas de Batoví, 3º Capón Alto, 
    4º Pío López, 5º Villa Indarte, 6º Tres Vendas,
    7º Marco de Martel, 8º Cina Cina, 9º Marco
    de Cerrillada, 10 Isla de San Luis, 11 Marco de
    Lageado, 12 Paso de la Hormiga, 13 Marco de López, 
    14 Galpones, 15 Ritas de Platón, 16 Marco de Barros, 
    17 Marco de Serpa, 18 Batoví, 19 Corrales, 20 
    Yaguarí, 21 San Luis, 22 Cuchilla Negra ..........  "   50.000
   
             Total ...................................  $   90.000

                    I) Viviendas económicas

1º Contribución en efectivo del 25% destinado a la
   construcción de viviendas económicas para los 
   Departamentos del litoral e interior ................... $ 250.000.00
2º Contribución en efectivo del 25% destinado a 
   la construcción de viviendas económicas para
   el Departamento de Montevideo .......................... " 500.000.00       
   Total .................................................. $ 750.000.00 (*)
 
J) Para abonar obligaciones derivadas de arbitrajes 
   pendientes .........................................  "  120.000
K) Para pago de expropiaciones ........................  "  100.000

  Las ampliaciones y reparaciones a que hace referencia este artículo, se realizarán exclusivamente en fincas de propiedad del Estado, vertiéndose los recursos no aplicados por esta circunstancia, al rubro de "Obras diversas e imprevistos".

(*)Notas:
Apartado I) redacción dada por: Decreto Ley Nº 10.153 de 08/05/1942 
artículo 1.
Ver en esta norma, artículo: 8 Derogada/o.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.876 de 15/09/1939 artículo 2.

Artículo 3

   Queda facultado el Ministerio de Obras Públicas siempre que a su juicio la Dirección de Vialidad no dispusiera perentoriamente de los elementos necesarios a tal fin, para contratar con ingenieros nacionales y mediante precios unitarios o globales, el estudio de las obras antedichas.

Artículo 4

   La construcción, reparación o reformas de los edificios policiales y su contralor, podrán ser confiados a las Intendencias Municipales o a las propias Jefaturas de Policía, cuando su costo no exceda de dos mil pesos y mediante decreto del Presidente de la República con los Ministros del Interior y Obras Públicas.
  Cuando el monto de las obras referidas exceda de quinientos pesos deberán ser licitadas.

Artículo 5

   Si los recursos indicados en el artículo 1º no alcanzaren para cubrir las afectaciones previstas en el mismo, deberá preverse el complemento necesario, en primer término, en el plan de obras públicas que el Poder Ejecutivo elevará para el ejercicio 1940, antes del 31 de diciembre de 1939.

Artículo 6

   El Ministerio de Obras Públicas antes del 1.º de enero de 1940, determinará la red troncal de caminos del país, teniendo en cuenta las radiales a los puertos, los accesos a las estaciones ferroviarias, los que den acceso a los países limítrofes y los que intercomuniquen las ciudades importantes y centros de población y de producción, coordinando en lo posible los transportes carreteros con los fluviales, marítimos, ferroviarios y aéreos.

Artículo 7

   El Ministerio de Obras Públicas establecerá las condiciones generales del trazado y ancho de los caminos, que se determinará de acuerdo con la legislación vigente.
   El trazado de los caminos se hará respetando en lo posible los existentes.

Artículo 8

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Ley Nº 10.196 de 17/07/1942 artículo 14.
Literal P) derogado/s por: Ley Nº 11.708 de 17/09/1951 artículo 15.
Inciso D) redacción dada anteriormente por: Ley Nº 9.953 de 04/09/1940 
artículo 6.
Inciso R) redacción dada anteriormente por: Ley Nº 9.953 de 04/09/1940 
artículo 7.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.953 de 04/09/1940 artículos 6 y 7, Ley Nº 9.876 de 15/09/1939 artículo 8.
Referencias al artículo

Artículo 9

A) Se destina la cantidad de $ 750.000.00, para la creación de un fondo
   con el fin de estimular la construcción de viviendas económicas.
B) Con sujeción a la ley número 9.385 del 10 de Mayo de 1934, el Banco 
   Hipotecario del Uruguay podrá conceder préstamos hasta la cantidad de   
   un millón doscientos mil pesos ($ 1:200.000.00) en títulos para la 
   construcción de viviendas económicas en la Capital, edificadas de 
   acuerdo con la ley número 9.723, de 19 de Noviembre de 1937. El  
   préstamo del Banco será hasta el setenta y cinco por ciento (75%) del   
   valor integral de cada construcción. El Instituto Nacional de Viviendas 
   Económicas otorgará en segundo término un préstamo en efectivo por el  
   veinticinco por ciento (25%) de ese valor con cargo al fondo especial  
   creado por esta ley.
      El Banco de la República podrá conceder préstamos adicionales por el 
   importe de la depreciación de los títulos con sujeción a lo dispuesto   
   por la ley de 12 de Mayo de 1934.
      El precio total de cada vivienda, incluidos terrenos,  
   construcciones, mejoras, gastos, etc., no podrá exceder de cuatro mil  
   quinientos pesos ($ 4.500.00).
      El Banco Hipotecario del Uruguay podrá también conceder al Instituto 
   Nacional de Viviendas Económicas, préstamos en títulos hasta la  
   cantidad de un millón ochocientos mil pesos ($ 1:800.000.00), para la 
   construcción de viviendas económicas colectivas o en barrios  
   organizados, en las poblaciones de los Departamentos del litoral e  
   interior de la República. Estos préstamos serán como en el caso  
   anterior, hasta el setenta y cinco por ciento (75%) del valor integral   
   de cada construcción. (*)
C) Los préstamos que se concedan devengarán un 5% de interés anual y la 
   amortización acumulativa que le corresponda para que la deuda se 
   extinga en no más de treinta años por medio de cuota fija, pero el 
   Instituto Nacional de Viviendas Económicas, sólo abonará el 3%. La 
   diferencia entre el interés servido por el Banco a los tenedores de 
   títulos y el percibido de los deudores, será atendida por Rentas 
   Generales, así como también, la comisión del Banco Hipotecario por
   estas operaciones, la cual no podrá exceder del medio por ciento anual.   
   (*)
D) El Instituto Nacional de Viviendas Económicas queda exonerado del pago   
   de las tasaciones, inspecciones, etc, necesarias para realizar sus  
   operaciones. (*)
E) La construcción de las viviendas será hecha de acuerdo con lo que 
   establece la ley número 9723 de 19 de Noviembre de 1937. (*)
F) Los préstamos para viviendas individuales serán acordados por el Banco 
   al Instituto y se entregarán una vez terminada la construcción.   
   Mientras no se escrituren a los compradores, la operación estará a 
   cargo del Instituto, no rigiendo para estos casos la limitación que 
   establece el artículo 58 de la ley Orgánica. Los préstamos para 
   viviendas colectivas o barrios organizados se entregarán por cuotas, 
   de acuerdo con el artículo 60 de la ley Orgánica del Banco. (*)
G) (*)
H) El adquirente deberá tomar a su cargo en el Banco de Seguros del  
   Estado un seguro de vida a capital variable por el importe del 50% de   
   la deuda que grave la propiedad. Con este fin el Instituto Nacional de   
   Viviendas Económicas abonará de oficio, y por cuenta y cargo del  
   adquirente, la prima que corresponda, cuyo importe será reintegrado   
   por éste conjuntamente con la cuota de intereses y amortización que  
   resulte.
      En caso de fallecimiento del adquirente el Banco de Seguros del   
   Estado abonará al Instituto Nacional de Viviendas Económicas el 50%   
   del saldo de la deuda, el cual, a su vez, entregará al Banco  
   Hipotecario del Uruguay y al de la República, si correspondiera el  
   importe proporcional a sus respectivos saldos. (*)
I) La cuota que pague el adquirente será única e indivisible y se aplicará 
   en los siguientes grados de preferencia:
   1.o Servicio de la deuda con el Banco Hipotecario y la cuota del       
   seguro.       
   2.o Servicio de la deuda con el Instituto Nacional de Viviendas 
   Económicas por el préstamo en efectivo.
   3.o Servicio del préstamo del Banco de la República por el importe de 
   la depreciación de los títulos.
J) Mientras no se haya cancelado por lo menos la mitad del préstamo del 
   Banco, las fincas deberán ser habitadas por el adquirente, su familia y
   personas a su cargo. En caso de incumplimiento o en los casos 
   establecidos por el artículo 37 de la ley 19 de Noviembre de 1937, el 
   Banco podrá previa intimación judicial, con término no menor de quince 
   días, para regularizar la situación, tomar la posesión, en los términos 
   del artículo 74 de su ley Orgánica.
K) Serán de cargo de Rentas Generales los posibles déficit que experimente 
   el Banco Hipotecario del Uruguay en la liquidación de estos préstamos.
L) Las propiedades edificadas al amparo de esta ley gozarán de las 
   franquicias que establece la ley 19 de Noviembre de 1937, rigiendo en 
   todo lo demás las prescripciones de la ley número 9385.

(*)Notas:
Literal G) derogado/s por: Decreto Ley Nº 10.153 de 08/05/1942 artículo 3.
Literal B) redacción dada por: Ley Nº 10.453 de 26/11/1943 artículo 1.
Literal H) redacción dada por: Decreto Ley Nº 10.342 de 05/02/1943 
artículo 2.
Literales C), D), E) y F) redacción dada por: Decreto Ley Nº 10.153 de 
08/05/1942 artículo 2.
Literales B) y H) redacción dada anteriormente por: Decreto Ley Nº 10.153 
de 08/05/1942 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 10.153 de 08/05/1942 artículo 2, Ley Nº 9.876 de 15/09/1939 artículo 9.
Referencias al artículo

Artículo 10

  Amplíase la Deuda Obras Públicas 1936 en la suma de $ 3.500.000.00 para el pago de obligaciones pendientes por los siguientes conceptos:
      
A) Cancelación del déficit correspondiente al plan de Obras Públicas,  
   autorizado por la ley número 9641 de 31 de Diciembre de 1936 y leyes 
   complementarias.
B) Saldo del crédito del Banco de la República, al Fondo de Obras 
   Públicas, autorizado por ley número 9146 de fecha 30 de Noviembre de 
   1933.
C) Saldo correspondiente a Construcciones Militares.
D) Los pagos de las obligaciones se harán con intervención directa del 
   Ministerio de Obras Públicas y deberán liquidarse en cuenta especial.

Artículo 11

  Decláranse aplicables, en lo pertinente, a las obras respectivas, que se financien por esta ley, las disposiciones de las de 19 de Octubre de 1928, complementarias y modificativas.
  Se declara de utilidad pública, de acuerdo con la ley de 28 de Marzo de 
1912, la expropiación de los terrenos y propiedades que sean necesarios para la ejecución de las obras que se financien con fondos autorizados por esta ley. Todas las propiedades que correspondan, quedan sujetas a servidumbres de estudios, paso, busca y extracción de materiales, ocupación temporaria para depósitos de materiales y campamentos de trabajo y la de desagüe.

Artículo 12

    Comuníquese, etc.

ALFREDO BALDOMIR - JUAN JOSE DE ARTEAGA - CESAR CHARLONE
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