CORTE ELECTORAL. INSCRIPCION




Promulgación: 25/09/1939
Publicación: 03/10/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 809

Artículo 1

   Refuérzanse los rubros de la Corte Electoral en la cantidad de $ 137.564.40 para atender los siguientes gastos: 

A) 50 Auxiliares para las Oficinas Electorales Departamentales.
B) Oficinas Inscriptoras Delegadas de la Capital (4).
C) Oficinas Inscriptoras Delegadas del interior (18).
D) Adquisición de material y gastos generales.

Artículo 2

   Autorízase a la Corte Electoral para disponer de la cantidad de $ 
21.440.20 necesaria para contratar hasta el 31 de Diciembre los servicios de 60 Auxiliares 3.os para las oficinas de la Capital con una dotación de $ 70.00 cada uno; de 7 limpiadores a $ 60.00 cada uno y de 3 serenos de $ 60.00 cada uno mensuales, personal que fué originariamente autorizado por 
el artículo 11 de la ley de 30 de Enero de 1939.

Artículo 3

   Las Oficinas Inscriptoras se compondrán de un Jefe y tres Auxiliares.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 11.819 de 09/05/1952 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.879 de 25/09/1939 artículo 4.

Artículo 5

   Las erogaciones que determinen el cumplimiento de la presente ley serán imputadas al superávit correspondiente al ejercicio 1938.

Artículo 6

   Comuníquese, etc. 

BALDOMIR - JUAN C. NARIO
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