PALACIO LEGISLATIVO. OBRAS PUBLICAS. EXPROPIACIONES




Promulgación: 13/05/1940
Publicación: 22/05/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 270

Artículo 8

   El Gobierno Departamental de Montevideo tomará a su cargo la apertura, 
ensanche, rectificación o nuevo trazado y pavimentación de las vías de tránsito que resulten, así como el alumbrado, obras de saneamiento, veredas, enjardinado y ornamentación de la plaza y la pavimentación de las vías de tránsito interiores y exteriores de la misma.
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