CARNET DE TRABAJO. REGULACION




Promulgación: 26/07/1940
Publicación: 16/08/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 545
Referencias a toda la norma

I

Carnet de Trabajo

Artículo 18

   Queda prohibido testar, enmendar o alterar las anotaciones del Carnet de Trabajo. No podrán efectuarse en él, marcas, dibujos o constancias no 
autorizadas por la ley.
Ayuda