Ley N° 9973
CAJA DE JUBILACIONES DE LA INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS PUBLICOS. BENEFICIOS JUBILATORIOS
Promulgación: 04/12/1940
Publicación: 23/12/1940
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1940
- Página: 952
Artículo 8
Derógase del capítulo V de la ley de 11 de Enero de 1934, los artículos 39, 40 y 41, quedando en vigencia todos los demás del mismo.
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