Fecha de Publicación: 26/06/2026
Página: 241
Carilla: 241

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

2

   Sustitúyese el numeral 2° de la Resolución N° 901/2026 de 17 de
   abril de 2026, por el siguiente:

   "2°)Transitorio.- Autorízase hasta el 31 de julio de 2026, a que el
   cómputo del tope establecido por el literal c) del artículo 2° del
   Decreto N° 398/007 de 29 de octubre de 2007, para cada persona, se
   aplique por instrumento y por emisor de los instrumentos de pago."
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