PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
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Datos a informar. Los proveedores incluidos en el numeral anterior
deberán informar a la Dirección General Impositiva (DGI), las
soluciones de software que brindan a los emisores electrónicos, así
como los procesos de facturación y/o conservación de CFE en los que
interviene el referido software.
La información deberá presentarse en el formato establecido en el
portal e-Factura del sitio web de la DGI.
Los proveedores deberán declarar que las referidas soluciones de
software no permiten la emisión de comprobantes que no cumplan con el
estándar de emisión, firma y envío definidos por DGI.
En caso que la DGI detecte la existencia de proveedores que no
presenten en tiempo y forma la información requerida, podrá tomar las
acciones que estime adecuadas, sin perjuicio de las sanciones
correspondientes. En el caso que se trate de un proveedor inscripto en
el registro de Proveedores Habilitados, se procederá a su
inhabilitación.