Fecha de Publicación: 09/12/2021
Página: 101
Carilla: 101

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

3

   Sustitúyese el sexto inciso del numeral 20°) de la Resolución N°
   798/2012 de 8 de mayo de 2012, por el siguiente:
   
   "Adicionalmente, todo emisor electrónico deberá generar
   automáticamente y enviar a la Dirección General Impositiva, un reporte
   diario consolidado incluyendo un detalle de los CFE y los CFC emitidos
   en el día, discriminados por tipo y fecha del comprobante, sucursal y
   si corresponden a operaciones comprendidas en la Resolución N°
   10197/2018 de 1 de noviembre de 2018, así como la numeración insumida
   por los comprobantes emitidos y anulados." 
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