Fecha de Publicación: 11/06/2002
Página: 583-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

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 Los sujetos cuyas operaciones se encuentran excluidas parcialmente del 
régimen de retención a que refiere el Decreto Nº 94/2002 de 19 de marzo 
de 2002, remitirán a las empresas administradoras de créditos sus 
listados de operaciones presentadas al cobro detallando en forma separada 
tanto las referidas operaciones como las restantes.
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