Fecha de Publicación: 20/12/2024
Página: 105
Carilla: 105

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

5

   Si el servicio de transporte terrestre colectivo de pasajeros a
   través de líneas regulares no es adquirido en las condiciones
   establecidas en los numerales anteriores, los correspondientes CFE
   deberán emitirse en el momento de la adquisición.
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