Fecha de Publicación: 20/12/2024
Página: 105
Carilla: 105

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

7

   Los servicios de transporte terrestre de pasajeros en la modalidad de
   taxímetro se documentarán en un comprobante global al finalizar cada
   turno del vehículo excepto cuando el pasajero solicite el comprobante
   al finalizar el recorrido. En ese caso, se le emitirá el
   correspondiente CFE o un comprobante fiscal de contingencia.
Ayuda