Fecha de Publicación: 28/12/1992
Página: 1854-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

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   Máquinas Registradoras - Otras Declaraciones juradas. Los contribuyentes que utilicen máquinas registradoras de caja dispondrán de un plazo de 10 días para declarar ante la Dirección General Impositiva las siguientes situaciones:

    -traslado de la máquina a otro domicilio fiscal,
    -desafectación definitiva de la máquina al uso de la empresa, por
     cualquier motivo.  
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