El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: los artículos 653 y siguientes de la ley N° 20.446 de 16 de diciembre de 2025, y el DecretoN° 95/2026, de 6 de mayo de 2026;
RESULTANDO: I) que la referida Ley introduce modificaciones en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF)en lo relativo a las rentas provenientes de entidades no residentes, con vigencia 1 de enero de 2026;
II) que el Decreto citado reglamenta las disposiciones legales e instrumenta las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo, particularmente en lo que refiere a la implementación de regímenes de retención y regulación del cómputo de créditos fiscales por impuestos pagados en el exterior;
CONSIDERANDO: necesario dar cumplimiento a los cometidos asignados a la Dirección General Impositiva en la normativa mencionada;
ATENTO: a lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio de Economía y Finanzas;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
1
Sustitúyese el inciso tercero del numeral 10) de la Resolución N°
662/2007 de 29 de junio de 2007, por el siguiente:
"Los responsables designados en los literales a), g) y h) del artículo
39°, y en los artículos 44° quater y 44° quinquies del Decreto N°
148/007 de 26 de abril de 2007, presentarán la declaración referida en
este numeral incluyendo solamente los importes totales objeto de
retención, discriminados por tasa y los correspondientes importes
retenidos. De la misma forma, lo harán los responsables designados en
los literales b) y e) del artículo 39° de dicho decreto, cuando paguen
o acrediten rendimientos que correspondan a valores emitidos al
portador."