CONDICIONES Y REQUISITOS PARA LA REDUCCION DE IVA FRONTERA




Promulgación: 28/11/2025
Publicación: 01/12/2025
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Operaciones realizadas por cooperativas de consumo con sus socios.-
   Crédito fiscal.- El crédito a que refiere el artículo 30 del Decreto
   N° 236/025 de 10 de noviembre de 2025, podrá ser compensado con las
   obligaciones propias de tributos administrados por la Dirección
   General Impositiva, y podrá hacerse efectivo en la liquidación
   correspondiente al mes cargo en que se realizaron las operaciones
   comprendidas. 
  
   De surgir un excedente, la cooperativa de consumo podrá optar por
   compensarlo en futuras liquidaciones o solicitar certificados de
   crédito no endosables para el pago de tributos administrados por la
   Dirección General Impositiva o no endosables para el pago de tributos
   administrados por el Banco de Previsión Social.
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