El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
8
Impuesto Emergencia Sanitaria COVID-19 - Personal de la salud
excluido.- Las entidades que cuenten con personal de la salud que
cumpla con las condiciones establecidas en el penúltimo inciso
del artículo 9° del Decreto N° 133/020 de 24 de abril de 2020,
deberán informar mensualmente al BPS la nómina del referido
personal, de acuerdo al formato que se proporcione a tales
efectos.
El plazo para la presentación de la referida información será el
previsto para verter las retenciones del impuesto.